MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: UN DERECHO HUMANO DE ACCESO A LA JUSTICIA
DOI:
https://doi.org/10.19136/es.a9n25.4713Palabras clave:
mecanismos, derecho, humano, justicia, restaurativaResumen
Muchas cosas han cambiado en el tema de acceso a la justicia en México, de ahí que este artículo de divulgación enfoque su análisis en la reforma constitucional de junio de 2008 al artículo 17, en la que se eleva a rango constitucional el acceso a los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias como un derecho humano para acceder a la justicia. Para el desarrollo del presente tema, en un primer apartado se señalan los antecedentes históricos y orígenes de los mecanismos alternativos y justicia restaurativa. El segundo apartado define sus conceptos. Finalmente, los apartados tercero y cuarto, recogen lo relativo al derecho humano de acceso a la jurisdicción del Estado y la incorporación de los mecanismos alternativos al artículo 17 constitucional como un derecho humano de acceso a la justicia, respectivamente.