LA MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN: LÍMITES Y ALCANCES EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Autores/as

  • SANDRA ELIZABETH ESCOBAR ROMERO UJAT-DACSYH

DOI:

https://doi.org/10.19136/es.a10n28.5015

Palabras clave:

mediación, conciliación, negociación, conflicto

Resumen

La mediación y la conciliación pertenecen a los llamados mecanismos alternativos de solución de controversias, o métodos autocompositivos en el modelo de justicia y se encuentran consagrados en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; párrafo 5. La aplicación de mediación, conciliación o negociación de la cual nos hablan escuelas y tradiciones, en la práctica existe confusión sobre cómo debe actuar el facilitador (o mediador, conciliador o negociador) por lo cual consideramos pertinente como objetivo del presente trabajo, se trata de un ensayo que nos permita aclarar los límites y alcances sobre el revisar la literatura, acerca de sus coincidencias y diferencias, como mecanismos alternativos de solución de controversias establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Biografía del autor/a

SANDRA ELIZABETH ESCOBAR ROMERO, UJAT-DACSYH

Egresada de la Maestría en Métodos de Solución de Conflictos y Derechos Humanos. Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades, México.

Descargas

Publicado

2022-09-21

Número

Sección

Artículo de divulgación