DEBER DE CORRECCIÓNA LA LUZ DE LA CONVENCIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO, LA LEGISLACIÓN MEXICANA Y ESPAÑOLA

Autores/as

  • Anahi SILVA TOSCA Universitat Pompeu Fabra

Resumen

El presente artículo analiza el deber de corrección a la luz del Derecho Internacional y su actual concepción en la legislación de México y España. Si bien el objetivo principal es argüir sobre la punibilidad de una agresión que un padre o tutor le causa a un menor o pupilo cuando ésta no genera lesiones, primero se aborda la disyuntiva en la doctrina en cuanto a si corregir a los hijos es un deber o es un derecho.

Biografía del autor/a

Anahi SILVA TOSCA, Universitat Pompeu Fabra

Licenciada en Derecho por la UJAT. “Máster avanzado en Ciencias Jurídicas” por la Univesitat Pompeu Fabra. Voluntaria de Amnistía Internacional en Catalunya, España. Voluntaria de Fundación Comunidades Vulnerables de Colombia, (actualmente: apoyo para la publicación de trabajo de investigación sobre la enfermedad de Huntigton).

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Publicado

2015-05-27

Cómo citar

SILVA TOSCA, A. (2015). DEBER DE CORRECCIÓNA LA LUZ DE LA CONVENCIÓN DE DERECHOS DEL NIÑO, LA LEGISLACIÓN MEXICANA Y ESPAÑOLA. Perfiles De Las Ciencias Sociales, 2(4). Recuperado a partir de https://revistas.ujat.mx/index.php/perfiles/article/view/862

Número

Sección

Artículos en Extenso